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Peritaciones de parte

En Miperito defendemos los intereses del asegurado frente a discrepancias con la aseguradora. Cuando ocurre un siniestro, es frecuente que la valoración de daños propuesta por la compañía no coincida con la realidad o con las expectativas legítimas del cliente. En estos casos, la ley le ampara.

El derecho del asegurado según el Artículo 38 de la Ley del Contrato de Seguro

El artículo 38 de la Ley del Contrato de Seguro establece que, si no existe acuerdo con la aseguradora respecto a la valoración de los daños, cada parte podrá designar a su propio perito para defender sus conclusiones. Posteriormente, ambos peritos intentarán llegar a un acuerdo y, en caso de discrepancia, se designará un tercer perito imparcial.

Esto significa que usted tiene derecho a nombrar su propio perito de parte, independiente de la aseguradora, para velar por que la valoración de los daños sea justa y se ajuste a la realidad del siniestro.

Nuestro papel como peritos de parte

  • Defensa de sus intereses: Representamos al asegurado de manera técnica y objetiva.
  • Valoración independiente: Realizamos una peritación imparcial y documentada que contrasta la propuesta de la aseguradora.
  • Máxima indemnización lícita: Buscamos que el cliente reciba la indemnización que legalmente le corresponde, ni más ni menos.
  • Apoyo en el proceso: Acompañamos al asegurado en todo el procedimiento, desde la valoración inicial hasta la resolución del conflicto.

Confianza y transparencia

Contar con un perito de parte es la mejor manera de equilibrar la balanza frente a las aseguradoras y garantizar que la indemnización refleje fielmente los daños sufridos. Nuestro compromiso es ofrecer un servicio cercano, técnico y siempre dentro de la legalidad.

📞 Consulte con nosotros si no está de acuerdo con la valoración de su aseguradora. Le ayudaremos a ejercer su derecho y a obtener una compensación justa.